CERTIFICACION

De la Certificación de Estudios

Artículo 160.-     Se entiende por certificación de estudios al proceso administrativo a través del cual el Conalep reconoce oficialmente los estudios acreditados por el alumno o egresado, mediante la expedición de los documentos oficiales definidos para tal efecto.

Artículo 161.-     La boleta de calificaciones es el documento que emite el plantel sólo con fines informativos al final de cada ciclo semestral cursado por el alumno, en éste constan las calificaciones de cada módulo cursado, se entrega al alumno y/o a quien ejerce sobre él la patria potestad o tutela.


DOCUMENTACIÓN:

1.- REQUISITOS PARE EMITIR CERTIFICADOS
2.- CERTIFICADOS EMITIDOS DESDE EL AÑO 2004 AL DIA DE HOY :
3.- CUOTAS VIGENTES 2. 2010-2011 PARTE UNO




RESPONSABLES:
C. AMALIA LÓPEZ RAMOS (9:00 A 17:00 HRS)
C. DOLORES CASTELLANOS ÁVILA (7:00 A 15:00 HRS)
LIC. CINTHIA DE J. VELAZQUEZ HERNÁNDEZ (9:00 A 17:00 HRS)
C. DOMINGO MUÑOZ PÉREZ (13:00 A 21:00 HRS)